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La Coctelera

Justicia de Paz en Venezuela (comentario)

Justicia de Paz en Venezuela

Es importante que exista una justicia de Paz en Venezuela donde -como está escrito en este documento- se promueva la "participación ciudadana", con un Juez que sea de la comunidad, que sienta lo que siente la comunidad y que no haya alguien derrotado sino que se llegue a una "solución fraternal". Yo espero de corazón que esto no se siga politizando (como lo hizo un partido político) sino que se haga con verdadera necesidad de solucionar los problemas de una localidad de la mejor manera posible, esto es una excelente solución.

Foro Derechos Humanos 2

Estoy totalmente de acuerdo con lo expuesto por Gilbero, sin embargo, es importante resaltar el efecto que causo dicha Declaracion, ya que actualmente, se mantiene vigente con ciertas modificaciones, en la reciente Constitucion de nuestro Pais el titulo III esta denominado: "De los Derechos Humanos y Garantìas..." que refleja la importancia de la igualdad del ser humano sin distingo de clase social, sexo, raza, religion, etc.esto se explica en el articulo 21 de la Constitucion y el 22 declara que los Derechos Humanos son propios de las personas y, a pesar de que algunos no se encuentren en las leyes, se deben respetar, en los demas articulos se observa la obligacion del Estado de garantizar estos Derechos a todas las personas de manera equitativa. Por lo tanto y a pesar de la discriminacion reinante en ese contexto (1789, ese fue uno de los pasos que se tuvo que dar en la sociedad, para que en la actualidad tengamos estos Derechos establecidos.

Declaracion de los Derechos del Hombre y del Ciudadano

Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano

Breve historia

En Internet salen múltiples páginas y todas coinciden en 17 artículos, donde se refleja la igualdad del ser humano a tener unos derechos que por naturaleza le pertenecen, estos artículos fueron aprobados por la Asamblea Nacional Francesa durante seis días (del 20 al 26 de agosto de 1789)

Resumen de los artículos:

Se habla de la igualdad que tienen los hombres desde su nacimiento a ser libres y a sus derechos como la libertad, la seguridad, la propiedad, la seguridad y el derecho a revelarse en contra de las opresiones, el derecho a la religión que el hombre quiera pertenecer siempre y cuando no perjudique a la sociedad, se habla incluso del derecho al voto directo y a exigir a quienes gobiernan que les rindan cuentas de su gestión.

Veo que la creencia en Dios tiene mucha importancia ya que se habla que esta Declaración se hizo “en presencia del Ser Supremo”, aunque pareciera que fuera sólo un Dios de hombres y para hombres pues, en 1791 una escritora de nombre Olympe de Gouges fue “guillotinada” por redactar un proyecto de “Declaración de los Derechos de la Mujer y de la Ciudadana” es decir, que la mujer para aquel entonces pareciera no ser nadie, esta escritora consideraba la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano como algo demasiado “sexista”.

A estos 17 artículos luego se le sumaron otros, ya que en 1973 surge una nueva Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano donde se habla también del derecho al trabajo, a ser instruidos, asistidos, etc.

Luego surge la “Declaración de los Derechos y Deberes del Hombre y del Ciudadano” en 1795, La Constitución de la Segunda República y la abolición de la esclavitud en 1848, La Carta de las Naciones Unidas en 1945 cuando se crea la Organización de las Naciones Unidas, también en ese mismo año el Acta Constitutiva de la UNESCO (Organización de las Naciones para la Educación, la Ciencia y la Cultura), y finalmente la Declaración Universal de Derechos Humanos, que fue aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948 en París, donde se habla la igualdad de los derechos sin importar la raza, el sexo, la religión, se prohibe la esclavitud, las torturas, don se reconoce al ser humano el derecho a ser oido en un tribunal imparcial para defender sus derechos, se habla del derecho al asilo en caso de persecución, etc.

Personalmente recomiendo las siguientes páginas, en estas fue que leí sobre el tema:

http://www.aidh.org/uni/Formation/01Home2_e.htm

http://www.aidh.org/uni/Formation/00Home_e.htm

http://www.un.org/spanish/aboutun/hrights.htm

Saludos

Derecho y Trabajo Social

El Derecho cumple una función importante en el Trabajo Social, ya que si no hay reglas: ¿en base a qué leyes se promoverá el autodesarrollo de los individuos, grupos o comunidades?, es necesario conocer de leyes incluso para dar asesoría a aquellas personas que lo necesiten, no puede un Trabajador Social pretender mejorar una situación si no conoce de las leyes de su propio país, ¿de qué sirve conocer de terapias si no se conoce ni siquiera a qué instancias jurídicas y legales acudir en caso de alguna agresión física o verbal por ejemplo?, es necesario que los profesionales en Trabajo Social manejen información sobre todo de los derechos humanos para tener soporte a la hora de ayudar a los sectores menos favorecidos.

El Derecho es aplicable respecto al Trabajo Social en cuanto a asesorías a: familias, basándose en las leyes que le amparan, a los padres o madres que trabajen, se les puede orientar apoyándose en las leyes que hagan referencia al trabajo, como la ley del trabajo, la Constitución Nacional, la Nueva Ley Orgánica de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, asesoría a instituciones que protejan a los niños en situación vulnerable o de calle, con el conocimiento de la LOPNA, etc. La Utilidad del Derecho es extensa e indispensable, sin conocimiento de las leyes no se hará un buen Trabajo Social, tal vez ni se podría ejercer, es importante conocer la legalidad de las políticas que se vayan a ejecutar en una comunidad, institución, estado o región del país, el uso del Derecho sirve para conocer qué leyes regulan las relaciones de trabajo por ejemplo, también las que regulan las instituciones, la seguridad social, inclusive para garantizar a los individuos la recreación publica, a obtener la vivienda, etc.

foto

Kit Revolucion francesa

Universidad Central de Venezuela

Facultad de Ciencias Económicas y Sociales

Escuela de Trabajo Social

Cátedra: Legislación Social

Prof. Oscar Mago

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Kit Revolución Francesa:

Bachiller: Carmen Parra

16.280.625

Caracas, febrero de 2008
Principales logros respecto a la forma de gobierno que se implanta a partir de la Revolución:

- Se logra una equidad (al menos expresa en un documento, que es la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano) de todos los seres humanos.

- Se acaba con un régimen monárquico absoluto, donde el poder se centraba solamente en el rey.

- Se dividen los poderes en ejecutivo, legislativo y judicial.

- El voto se hace universal y se divulga la idea de la democracia.

Diferencia con el Régimen Monárquico:

Considero que la Revolución Francesa fue una respuesta a la crisis presente en Francia, donde ya se veía el descontento de sus habitantes ante la indiferencia de su rey, sobre todo ante la situación económica en la nación.

La Asamblea:

Era un conjunto de personas que hicieron posible la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano en 1789.

Integrantes de La Asamblea:

Eran los que integraban el Tercer Estado, es decir, las personas comunes, ellos mismos se proclamaron Asamblea Nacional.

La Convención:

Fue un grupo de personas que tenían a cargo el poder Legislativo, dicha Convención fue la encargada de decidir la muerte de Luis XVI, puesto que lo acusaron de «conspiración contra la libertad pública y la seguridad general».

Maximillien Roberspierre:

Era un hombre dedicado a la política, estuvo a cargo del Comité de Salud Pública, fue el encargado de ejecutar a ultra-radicales y jacobinos, formó parte de de la Comuna Revolucionaria, luego representan de la ciudad en la Convención, perseguidor de Verlec, Lerclerc y Roux, sin embargo, los miembros de la Convención, lograron convencer al “pantano” y procedieron a ejecutar a Roberspierre.

Danton:

Era un abogado de Francia dedicado a la política, de buenos modales, que por su agilidad para convencer era el que dirigía al pueblo para persuadirle, era cauteloso al actuar, fue también el fundador de la Sociedad de los Derechos del Hombre y del Ciudadano y fue presidente del Club de los Cordeliers.

¿Por qué el lema de la Revolución fue libertad, igualdad, fraternidad?

Porque se logra de alguna manera, la igualdad de los seres humanos, al menos de forma escrita en la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano y se da la libertad para hacer las cosas sin opresión de un Rey que se creía el Estado.

Influencia que tuvo la Revolución Francesa en Venezuela y en el mundo:

Caramba Mucha, porque se da el reconocimiento que el poder no reside en una sola persona sino en el pueblo, esto ha influido en Venezuela al punto de que en la Constitución actual está reflejado en el articulo 5 de manera muy clara:La soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, quien la ejerce directamente en la forma prevista en esta Constitución y en la ley, e indirectamente, mediante el sufragio, por los órganos que ejercen el Poder Público”.Sin la Revolución Francesa esto no existiera.


KIt 1

Universidad Central de Venezuela

Facultad de Ciencias Económicas y Sociales

Escuela de Trabajo Social

Cátedra: Legislación Social

Prof. Oscar Mago

Trabajo Social, Justicia y Derecho.

Bachiller: Carmen Parra

16.280.625

Caracas, febrero de 2008
Índice:

Introducción: 3

El Trabajo Social y la Justicia. 3

La Función del Derecho en el Trabajo Social, Aplicaciones y Utilidad: 3

Leyes que Permiten al Trabajo Social Actuar como Agente Activo de Justicia: 3

Derecho Natural: 3

Cicerón y el Derecho Natural: 3

Santo Tomas de Aquino y el Derecho Natural: 3

Equidad: 3

Conclusión: 3

Bibliografía: 3


Introducción:

El Trabajador Social debe tener el conocimiento necesario de lo que son las leyes para ejercer la profesión de manera completa y ayudar a quien requiere de su servicio, para ello, es importante el discernimiento de términos que se usan en el área del derecho como: Derecho Natural, Derecho Justo, Justicia.

El uso del Derecho en el Trabajo Social es necesario ya que es necesario saber a qué leyes acudir al momento de ayudar a alguna persona, grupo o comunidad, también para asesorarles e indicarles qué derechos defender y en qué leyes se encuentran reflejados.



El Trabajo Social y la Justicia

El Trabajo Social al igual que la justicia busca lo justo es decir lo ecuánime, la igualdad, la Justicia comprende un conjunto de virtudes representa una completa conformidad con las normas que son aprobadas de acuerdo a conducta moral, es decir, a lo que es honesto, a lo correcto, con la intención de conseguir armonía y conservar y defender el equilibrio.

La Función del Derecho en el Trabajo Social, Aplicaciones y Utilidad:

El Derecho cumple una función importante en el Trabajo Social, ya que si no hay reglas: ¿en base a qué leyes se promoverá el autodesarrollo de los individuos, grupos o comunidades?, es necesario conocer de leyes incluso para dar asesoría a aquellas personas que lo necesiten, no puede un Trabajador Social pretender mejorar una situación si no conoce de las leyes de su propio país, ¿de qué sirve conocer de terapias si no se conoce ni siquiera a qué instancias jurídicas y legales acudir en caso de alguna agresión física o verbal por ejemplo?, es necesario que los profesionales en Trabajo Social manejen información sobre todo de los derechos humanos para tener soporte a la hora de ayudar a los sectores menos favorecidos.

El Derecho es aplicable respecto al Trabajo Social en cuanto a asesorías a: familias, basándose en las leyes que le amparan, a los padres o madres que trabajen, se les puede orientar apoyándose en las leyes que hagan referencia al trabajo, como la ley del trabajo, la Constitución Nacional, la Nueva Ley Orgánica de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, asesoría a instituciones que protejan a los niños en situación vulnerable o de calle, con el conocimiento de la LOPNA, etc. La Utilidad del Derecho es extensa e indispensable, sin conocimiento de las leyes no se hará un buen Trabajo Social, tal vez ni se podría ejercer, es importante conocer la legalidad de las políticas que se vayan a ejecutar en una comunidad, institución, estado o región del país, el uso del Derecho sirve para conocer qué leyes regulan las relaciones de trabajo por ejemplo, también las que regulan las instituciones, la seguridad social, inclusive para garantizar a los individuos la recreación publica, a obtener la vivienda, etc.

Leyes que Permiten al Trabajo Social Actuar como Agente Activo de Justicia:

Bueno, hay gran cantidad de leyes que permiten al Trabajador Social ser un Agente Activo de Justicia, es decir, que permitan que el Trabajador Social sea un intermediario o representante de alguna persona, esta en primer lugar la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, de una manera especial en el Título III de los Derechos Humanos y Garantías, y de los Deberes, donde se habla de los derechos humanos que tienen los venezolanos como la no discriminación bien sea por “la raza, el sexo, el credo, la condición social o aquellas que, en general, tengan por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio en condiciones de igualdad, de los derechos y libertades de toda persona”. Este capitulo también trata de los Derechos que existen como civiles, nacionalidad, de ciudadanía, políticos, sociales, de familias, culturales, educativos, económicos y de los indígenas.

También se habla en el Artículo 280 que existe una Defensoría del Pueblo que se encargará de promover, defender y vigilar que se garantice la protección y el cuidado de los derechos y las garantías de los derechos humanos, asimismo de los intereses de los venezolanos.

Existe la Ley de Servicios Sociales, que se encarga de la protección a aquellas personas de la tercera edad, además esta ley ampara a los grupos indígenas, las personas con alguna discapacidad, a las amas de casa, a aquellos ciudadanos que no tienen protección por parte de su familia y a aquellas familias con un elevado nivel de dependencia económica.

También está la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la Ley de los Consejos Comunales, etc.

Derecho Natural:

Se refiere a un ideal de las normas, una reglamentación global y atemporal que, por lo tanto, debería regir a todos los pueblos, con absoluta independencia de las modificaciones de índole cultural que en cada uno de ellos se encuentre. Sus principios se originan en la razón y la ordenación de las inclinaciones con el fin de organizar la convivencia humana.

Entre los principios del Derecho Natural se encuentran el respeto a la vida, el respeto recíproco, la conservación del bien común, la preservación del orden y la paz ciudadana, a través de la responsabilidad y la formación de la equidad, reconociendo los derechos de los demás, oír antes de juzgar, etc.

Cicerón y el Derecho Natural:

Cicerón miraba la ley natural como el discernimiento que proviene de lo natural de las cosas, que induce a hacer lo que es bueno y estimula a descartar lo que no es bueno. Lo que él (Cicerón) perseguía era elevar la virtud tradicional de Roma de servicio público y la preferencia del papel del mandatario, iluminada y armonizada, ambas con un aire de filosofía griega.

Para Cicerón, existía un Derecho Natural que es universal y que surge a la vez del gobierno del mundo por Dios y de la naturaleza que es racional y social de los seres humanos que le hace afines a Dios. Es decir, como una forma global de regular; y que todos los seres humanos, por el uso de la razón, de la conciencia, del discernimiento de lo bueno y lo malo, debe acatar lo bueno y desechar lo malo, ya que, todo hombre y raza humana tiene el mismo potencial de experiencia y las mismas clases de experiencia, y todos ellos son igualmente capaces de distinguir entre lo que es bueno y lo que es malo, a pesar que no todos los seres humanos tengan el mismo nivel de instrucción. Nada -sino el engaño, los malos hábitos y las equivocaciones- impide a los hombres ser realmente iguales.

El Derecho Natural representa la explicación de concepciones tales como la igualdad ante la ley, la fidelidad a aquellas obligaciones adquiridas, la importancia de la intención con respecto a las palabras y fórmulas, el resguardo de aquellos privados de capacidad en cuanto a lo legal y el reconocimiento de derechos cimentados en el vínculo de sangre, y todo lo que implique el bien apoyándose – como se dijo anteriormente - en la razón.

Santo Tomas de Aquino y el Derecho Natural:

Santo Tomás de Aquino veía la ley como la “ordenación de la razón para el bien común” y diferenció cuatro géneros de ley: eterna (“razón de la divina sabiduría”), natural, divina y humana. La ley eterna no es comprensible por la mente humana común, la ley natural es practicable por la razón, dándole a los seres humanos la capacidad de reconocer el bien y el mal, para practicar lo bueno y evitar lo malo, lo que se busca es el bienestar colectivo y mutuo.

La ley divina señalada en las Sagradas Escrituras, complementa la ley natural. La ley humana ordena la razón hacia el bien común.

Santo Tomas de Aquino, fue el primero en dividir el derecho en positivo y natural. Promovía el bien común, el ambiente de justicia y de paz para todos orientando la actuación de los individuos en particular para lograr el beneficio colectivo.

Equidad:

Se refiere a la rectitud y la acepción de la justicia natural. No es más que el sentido original de la imparcialidad. Se pondera en la responsabilidad de las normas. Es la concepción de una justicia que esta instituida en la igualdad y conciencia ante el derecho y el respeto por los derechos de cada persona, su constitución es la razón, la justicia propiamente dicha. Es la capacidad que tienen las personas para convivir en igualdad de condiciones.

La Equidad induce a los seres humanos a trazarse objetivos para luchar por la justicia en la sociedad y por la igualdad de los derechos de cada persona.



Conclusión:

El Trabajo Social es una disciplina “multidisciplinaria”, es decir que requiere del manejo de múltiples disciplinas, la legislación es una de ellas, si no se tiene el conocimiento indispensable de las leyes para dar asesorar a aquellas personas que lo necesiten, un Trabajador Social no puede mejorar una situación si no conoce de las leyes y estatutos de su país, es necesario que los profesionales en Trabajo Social manejen información sobre todo lo referente a derechos humanos para tener soporte a la hora de ayudar a los sectores menos favorecidos.

El Trabajador Social puede realizar asesorías también y no limitarse a una determinada función, es indispensable entonces aprovechar lo que ha dejado Santo Tomas de Aquino que lo que más resaltaba era el bien colectivo, la justicia y la paz y Cicerón que promovía la igualdad de los hombres.



Bibliografía:

Diccionario Jurídico. Disponible en:

http://foro.uned-derecho.com/index.php?action=diccionario (Fecha de la Consulta 02/11/07).

Aspectos del Pensamiento Político de Cicerón (Fecha de la Consulta 03/11/2007). Disponible en:

http://ciceron.pais-global.com.ar/

Equidad. (Fecha de la consulta 03/11/07). Disponible en:

http://www.bantaba.ehu.es/obs/ocont/eq/

Juan Zorrilla de San Martín y Santo Tomás de Aquino (Fecha de la consulta 03/11/07). Disponible en:

http://www.e-aquinas.net/pdf/araujo.pdf